En resumen. La Ley de Costas limita las obras en los terrenos próximos al litoral. Antes de comprar en primera línea conviene saber dónde está el deslinde y si la vivienda se encuentra en la servidumbre de protección.
Dominio público y servidumbre de protección
El dominio público marítimo-terrestre no puede ser de propiedad privada. La servidumbre de protección se extiende con carácter general cien metros tierra adentro y veinte en los terrenos que ya eran urbanos cuando entró en vigor la ley. En las edificaciones existentes se admiten, en general, obras de reparación y mejora que no aumenten volumen, altura ni superficie.
Cómo saber si su vivienda está afectada
La información del deslinde puede consultarse en la Demarcación de Costas y contrastarse con la cartografía catastral. Cuando la vivienda está afectada, la due diligence permite saber qué obras podrá realizar y si conviene solicitar una certificación antes de la compra.
¿Tiene dudas sobre una vivienda concreta? Escríbanos desde la página de contacto o llámenos al +34 956 76 99 03 y le indicaremos qué comprobaciones necesita su caso.

